En segundo lugar, habida cuenta de que el acuerdo inicial es perfecto y estable, nunca hay desviaciones ni se aplican sanciones. Esto se debe a que, según la estrategia de aplicación inexorable, las partes racionales sólo dejarían de cumplir el acuerdo si la ventaja de “atropellar y darse a la fuga” (los beneficios oportunistas obtenidos incumpliendo el acuerdo una sola vez a expensas de las otras partes) es mayor que la suma de todos los futuros beneficios resultantes de la cooperación por tiempo indefinido. Por lo tanto, en razón de esa estrategia, una vez concluido el acuerdo no es racional apartarse de las condiciones negociadas inicialmente; por lo tanto, esto no ocurre nunca. Dicho de otro modo, no tienen cabida ni los desacuerdos ni las diferencias comerciales. En consecuencia, ni las partes ni una institución independiente tienen que preocuparse por ello.
acuerdo comercial complemento