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  1. Jun 2020
  2. Apr 2020
    1. el editor o productor, según requerimiento, facilitará una copia digital íntegra y legible sin restricciones de acceso, suspenderá de manera temporal las medidas tecnológicas que impidan la reproducción de la obra según los fines anteriormente señalados, o, proporcionará su transferencia a través de redes de comunicación o en otro soporte, según sea el caso, a fin de que la biblioteca pueda cumplir con su obligación de salvaguardar el patrimonio bibliográfico y documental digital colombiano

      Desglosar con claridad los tipos de recursos o medios que tiene la BNC para acceder a una copia de preservación de los recursos. Es texto podría entenderse a que el editor está sujeto a esas posibilidades al tiempo, cuando puede que solo le aplique una de ellas.

    2. soporte no tangible, se entregará un (1) ejemplar a la Biblioteca Nacional de Colombia según el protocolo definido para este trámite

      No es clara la intención de la entrega de un soporte físio por la creación de obras digitales que nacieron sin ese propósito. Si es un blog, como obra que circula en soportes no tangibles ¿se tendría que bajar a un soporte digital y entregar a la BNC?

    3. protocolo definidos por la Biblioteca Nacional de Colombia y/o las bibliotecas departamentales en el ámbito de sus competencias, para la conformación de colecciones patrimoniales

      Este aspecto, además de lo comentado antes, implica que existan expertos en áreas digitales en los distintos departamentos en donde operan estas bibliotecas o que se garantice que desde la BNC se pueda hacer una jornada que establezca estos parámetros, adecuados a los contextos de cada una de las bibliotecas.

    4. entregar

      El documento puede aclarar qué materiales debe recibir con certeza cada institución, teniendo en cuenta las cargas administratias y operativas para editores. Esto mejoraría, además, de liberar de ejemplares innecesarios o de poca relevancia para las demás entidades depositarias ¿cuánto le cuesta gestionar ejemplares que no utilizan?

      El procedimiento de entrega puede debatirse entre las partes involucradas, con el fin de evitar ambigüedades entre lo que obliga la ley y los asuntos que son potestad de cada entidad.

      También deben contemplarse los ejemplares para divulgar, en el caso de Bibliotecas Departamentales. Requerirían un ejemplar de divulgación y uno de preservación, si ese es el propósito de este artículo.

    5. obras nacidas digitales que circulen en internet u otras redes de comunicación, sin importar la localización del servidor o servidores a partir de los cuales se difunden, la Biblioteca Nacional de Colombia y las bibliotecas departamentales o la que haga sus veces

      Hacer explícito el cómo se hará y si existe algún tipo de excepción que cubra las acciones requeridas para estas capturas.

    6. Artículo 1. Deróguense

      Para la labor bibliotecaria y los proyectos digitales es fundamental conocer y tener acceso a los datos sobre la producción bibliográfica nacional, recolectar, organizar y analizar estos datos disponibles para investigaciones, la toma de decisiones sobre adquisición de materiales u otros aspectos relacionados con las actividades en las distintas tipologías bibliotecarias.

      Consideramos que la legislación debe promover la circulación de estos contenidos por medio de las entidades que para ello estén dispuestas y no vemos beneficioso que ésta actividad recaiga en una única institución. Esto podría generar sobre cargas laborales y limitaciones en los cumplimientos del propósito de esta normativa.